
Agua pura y cristalina en lo que era la zona de Manduriacu, hoy en día la represa hidroeléctrica manduriacu.
El día 14 de Junio de 2025 el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, remitió a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Áreas Protegidas y Promoción del Desarrollo Local, con carácter de económico urgente. En la exposición de motivos del proyecto, presidencia indica que "Conforme los datos proporcionados por el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, el territorio ecuatoriano contempla 91 ecosistemas, de los cuales 87 se encuentran mapeados y representan un equivalente al 61,58% del territorio nacional; y, de los cuales, 7.465.637 hectáreas, se encuentran dentro de áreas protegidas; sin considerar el territorio insular".

Referencia para los datos en el proyecto de ley.

Fuente: Proyecto BioBanco www.biobanco.org
La situación de las áreas protegidas en el Ecuador
Acorde al Atlas Geográfico y Estadístico Ambiental y de los Recursos Hídricos publicado por el MAATE en el año 2023, Ecuador posee 76 Áreas Protegidas que en total representan una superficie de 5´297.549,13 hectáreas, lo cual -acorde a dicha fuente- constituye el 19.42% del territorio Ecuatoriano. A esto, se suman 20´911.236,25 hectáreas en el mar. El Ecuador destina al cuidado de estas áreas protegidas 102.4 millones de dólares, lo cual equivale al 0.61 % del Presupuesto General del Estado. En cuanto al personal destinado al control en las áreas bajo jurisdicción del SNAP, el MAATE destina 598 guardaparques. Esto significa que cada guardaparque tiene a su cargo la protección de 43.827,4 hectáreas (si contamos el área marina) u 8.858,77 hectáreas (si solo tomamos en cuenta el área terrestre). Para tener una referencia, en Costa Rica se declaró en estado crítico el cuidado de los parques nacionales cuando en el año 2021 se tenía apenas 1 guardaparque por cada 2.391 hectáreas. Con este antecedente, podemos darnos cuenta de que las áreas protegidas del estado están en un serio peligro ante la falta de personal dedicado a su cuidado.

Fuente: Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. (2023). Atlas Geográfico y Estadístico Ambiental y de los Recursos Hídricos. Primera ed. Quito - Ecuador.
En la práctica, y especialmente en áreas donde la información sobre biodiversidad es limitada, las metas de conservación se establecen dentro de un compromiso entre la disponibilidad de la información requerida y la necesidad de generar escenarios plausibles de planificación territorial. Francisco Cuesta et. al. IDENTIFICACIÓN DE VACÍOS Y PRIORIDADES DE CONSERVACIÓN EN EL ECUADOR CONTINENTAL, 2013.
Acorde a los estudios realizados por Cuesta et. al. para el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en el Ecuador continental existen tres problemas básicos en relación a la conservación de las áreas naturales:
a. Existen zonas que, en virtud de la distribución de la biodiversidad del país, deberían ser protegidas por alguno de los subsistemas del SNAP y que todavía no lo han sido. Por ejemplo, de las 4437 especies endémicas de plantas vasculares existentes en el país, cerca del 72% se encuentran fuera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (León-Yánez et al., 2001).
b. Existen áreas protegidas con tamaños insuficientes para mantener muestras representativas de los ecosistemas, comunidades y especies que pretenden proteger; por ejemplo, 32 de las 49 áreas protegidas del SNAP existentes (~74%) tienen una superficie menor a 100.000 ha. Esto implica que muchas de las poblaciones de las especies paisaje (e.g. el jaguar) albergadas en su interior podrían no ser viables a largo plazo debido a que las áreas no tienen el tamaño necesario para mantener dichas poblaciones (Kattan et al., 2004), o tener ecosistemas con unidades dinámicas mínimas que permitan mantener su capacidad de resiliencia a dinámicas de disturbio naturales o antrópicas como los fuegos, los regímenes de inundación entre otros .
c. Existe asimetría en la distribución de las áreas protegidas: cinco de las siete áreas protegidas más grandes se encuentran localizadas en zonas andinas y amazónicas del centro y norte del país: Cayambe-Coca, Llanganates, Cotacachi-Cayapas, Sangay Sumaco, Cuyabeno y Yasuní; mientras que la Costa, la Sierra austral y la Amazonía sur, tienen comparativamente menor cobertura del SNAP.

Este cuadro ejemplifica el potencial de protección por ecosistema y cuanto se protege de cada ecosistema. En color azul claro está el potencial y en azul oscuro cuanto se protege. Fuente: BioBanco
Se requiere de una planificación real para la conservación de las áreas naturales
Las cifras que he mostrado anteriormente nos permiten ver apenas en la superficie lo mal planificadas y manejadas que se encuentran las áreas protegidas en el Ecuador. Sin un adecuado financiamiento, sin personal, con un estado de conservación en duda y con múltiples amenazas por parte de diversos sectores, desde la minería hasta las invasiones de colonos o el narcotráfico, está claro que las áreas naturales protegidas a cargo del estado están en peligro crítico.

La delincuencia y el narcotráfico como justificación
La exposición de motivos no solamente incluye el estado de las áreas naturales protegidas bajo responsabilidad del estado; también incluye como parte de la justificación la delincuencia y el narcotráfico: "Tras el reconocimiento del conflicto armado interno, mediante Decreto Ejecutivo No. 111 de 09 de enero de 2024, los esfuerzos del Estado Central se han enfocado en desarticular las economías criminales que operan en el país, producto de lo cual se ha determinado que los grupos armados y de delincuencia organizada mantienen fuentes de financiamiento ligadas a la minería y pesca ilegal, caza furtiva, tráfico de especies exóticas y tala indiscriminada, incluso en lugares que pertenecen al Sistema Nacional de Áreas Protegidas; así como, el contrabando, trata de personas o narcotráfico, aprovechando las ventajas de la situación geográfica del país; lo cual, además de afectar los aspectos inherentes al patrimonio natural del país, atentan a la economía, seguridad y estabilidad del Estado". Cómo prueba de esta parte de su justificación, el proyecto utiliza el ataque del 11 de mayo de 2025, ejecutado por los denominados “Comandos de Frontera”, en contra de militares en la Amazonía, concluyendo que "las áreas protegidas se han vuelto espacios vulnerables".
A continuación el proyecto detalla otros motivos que incluyen el potencial turístico del país, la pobreza y destaca la relación entre la pobreza y la actividad turística en Ecuador como un potencial para sacar a la población de la riqueza mediante dicha actividad. Con estos justificativos, el presidente se ampara en el artículo 140 de la Constitución de la República del Ecuador mencionando que cumple con los tres puntos señalados por la Corte Constitucional del Ecuador para el efecto: Circunstancias apremiantes, Conexidad plausible y Efectos económicos inmediatos correlativos. Luego de justificar bajo estos parámetros el proyecto, destaca que el mismo va de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo denominado “Plan de Desarrollo para el Nuevo Ecuador 2024 - 2025” aprobado el 16 de febrero de 2024, por el Consejo Nacional de Planificación.

Foto: Protesta en el año 2012 contra la construcción de una represa en zona de áreas protegidas.
El Contenido del Proyecto
En este ligero análisis no voy a entrar en los detalles de los "Considerandos", los cuales dejo al análisis de quienes están más involucrados en la jurisprudencia. Así que vamos a entrar de lleno en los artículos del proyecto.
Artículo 1.- Objeto.- Establecer medidas y mecanismos emergentes para la protección, reactivación económica y sostenibilidad de las Áreas Protegidas del Ecuador, la valoración y retribución de los servicios ambientales que estas proveen, y el impulso del turismo ambiental y ecológico como motor de desarrollo sostenible y el desarrollo local del país.
Opinión
Cuando decimos que vamos a implementar medidas y mecanismos, esperamos que sean acciones concretas que resuelvan los problemas actuales del SNAP. Hablamos de reactivación económica, lo cual implica que las áreas naturales protegidas del estado (ANP) deben activarse económicamente, es decir, producir. Es necesario establecer cuáles serán esas actividades que van a activar la economía de las ANP. Debe estar claro, MUY CLARO, que el objetivo primordial de las ANP es el preservar la biodiversidad y los ecosistemas. También hablamos de sostenibilidad de las ANP. Recordemos lo que significa sostenibilidad: "significa crear y mantener las condiciones en las que los seres humanos y la naturaleza puedan coexistir en armonía productiva para sustentar a las generaciones presentes y futuras".
El objeto también incluye la "la valoración y retribución de los servicios ambientales", es decir, el asignar un valor económico o de otra índole a los servicios ambientales de las ANP y que dichos valores deben ser RETRIBUIDOS. De igual forma, es necesario el establecer la forma como estos servicios van a ser retribuidos y quién lo hará. ¿Serán los usuarios de las áreas protegidas?, ¿Se hará mediante la venta de reservas de carbono?, ¿Se accederá a fondos de compensación ambiental o por la conservación de la biodiversidad?, ¿Quién administrará esos fondos y trabajará por la consecución de dichos fondos?
Finalmente, hablamos de turismo ambiental y ecológico. Eso significa que vamos a invertir en la infraestructura y personal que requiere el manejo turístico controlado (para que sea sostenible), de tal forma que se obtengan los ingresos necesarios por turismo sin dañar los ecosistemas involucrados. Eso también significa que tenemos que zonificar las áreas protegidas, puesto que existen áreas que, en virtud de la existencia de especies o ecosistemas de alta fragilidad, no deben ser abiertos al turismo. Todo eso requiere de una fuerte inversión en infraestructura, personal e investigación muy seria.
Artículo 3.- Finalidad.- La finalidad de esta Ley es la conservación del patrimonio natural del país, promoviendo la inversión pública y privada en programas que fortalezcan la gestión de las Áreas Protegidas, la generación de empleo digno en las comunidades aledañas, la diversificación de la matriz productiva y desarrollo local a través de actividades ecoturísticas responsables; y, la seguridad de las mismas, evitando actividades ilegales o de economía criminal en sus territorios.

Opinión
Queda claro que el objetivo final de la ley es la conservación del patrimonio natural del país. Esto significa que la forma como se evaluará su efectividad será a través de medir la protección efectiva (no solo de papel) de las ANP. También se menciona la inversión pública y privada en dichos programas.



